jueves, 7 de abril de 2011

Censura a la mexicana... democracia a la mexicana

José Ignacio López Vigil en el capítulo siete de su Manual Urgente para Radialistas Apasionadas y Apasionados se pregunta ¿Informar para qué?
Y discurre acerca de la importancia de la información en los procesos de instauración de ciudadanía. Describe la importancia de informar pues para él informar implica seleccionar los datos necesarios a conocer para poder, pasar, en un primer nivel, a un proceso de análisis o lo que él mismo nombra como formar, en este sentido la información debe ser útil a la sociedad, en un segundo nivel nos dice que se debe informar para inconformar, sólo partiendo de un análisis crítico de lo que sucede en nuestro mundo podremos darnos cuenta de aquello que no nos permite transitar hacia escenarios deseables y en este sentido, ubica en un tercer nivel a la información como un instrumento para transformar, pues a través de la generación de propuestas se podrá cambiar un panorama que nos parece adverso.
El artículo XIX de la Declaración Universal de los Derechos Humanos nos dice que: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones; y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.”
La constitución en su artículo 6° integra este derecho al mencionar que el estado debe garantizarlo, que la información en manos de cualquier autoridad es pública, que “puede” reservarse sólo en razón del interés público y que debe prevalecer el principio de máxima publicidad. En el segundo apartado, publicado mediante un decreto el 20 de julio de 2007, indica que la vida privada y los datos personales serán protegidos “en los términos y con las excepciones que fijen las leyes”, además de que toda persona podrá acceder a la información pública de manera gratuita “sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización”.
La Ley federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental , menciona algunos casos en los cuales la información de datos personales debe ser reservada y confidencial, entre los que destacan:
Comprometer la seguridad (nacional, pública, defensa nacional);
Dañar la estabilidad económica del país;
Menoscabar negociaciones o relaciones internacionales;
Poner en riesgo la vida, la seguridad o la salud de una persona;
Causar perjuicio al cumplimiento de las leyes;
El secreto comercial bancario o financiero;
Averiguaciones previas, expedientes judiciales, o bien procesos de responsabilidad contra servidores públicos, o información que forme parte de un proceso jurídico en tanto no exista una resolución.
En ningún otro caso habrá restricción al ejercicio de la libertad de información, en México la legislación prevé los términos, los procedimientos y los organismos donde se deberá solicitar la información que desea conocerse.
En ningún momento existe restricción alguna para preguntar, más aún como lo menciona el periodista de la cadena Univisión, Jorge Ramos, en su artículo El derecho a preguntar : “Si un asunto privado afecta la vida pública de un país, los periodistas tenemos el derecho a preguntar.”
El pasado 7 de febrero, Carmen Aristegui salió del aire debido a una pregunta sobre un aspecto de salud del presidente que no supone la transgresión de ningún aspecto que genere la reserva o confidencialidad de datos.
A los 14 días de su salida y gracias a una movilización ciudadana iniciada a través de redes sociales como Twitter y Facebook, el 21 de febrero la periodista regresó al aire con el mismo espíritu crítico y ciudadano que la caracteriza, dando seguimientos informativos en temas tan puntillosos como el asesinato de 3 miembros de la familia Reyes Salazar que se ha dedicado al activismo en pro de los derechos humanos, o la censura judicial aplicada al documental Presunto Culpable el segundo día del mes de marzo, con el argumento de dañar la moral del único testigo en el juicio al que alude la cinta.
Las informaciones han sido muchas y muy variadas, sin embargo me detengo nuevamente en el documental producido por Roberto Hernández y Layda Negrete; filme que exhibe las irregularidades en el sistema judicial mexicano.
Su retiro de cartelera, más allá del daño a una imagen, implica un proceso de visible censura; ya que si revisamos las restricciones sobre aspectos de información como lo planteamos párrafos arriba, el proceso judicial ha concluido y como vemos no se vio afectado ningún aspecto de los señalados por la ley.
El proceso al cual se enfrenta José Antonio Zúñiga, protagonista de la cinta, se vuelve un hecho de interés general y por ello es importante su exhibición bajo el principio de máxima publicidad descrito por la ley.
En abono a la libertad de expresión, cabría reflexionar en los comentarios que en octubre de 2008 hiciera el periodista Miguel Ángel Granados Chapa quien sobre la censura judicial nos dice que: “es un derecho legítimo de las personas el cuidar su reputación, su imagen, su buen nombre; pero quienes carecen de reputación, de imagen y de buen nombre, son los que acuden a los tribunales para mermar la libertad de expresión.”
En su libro, Encuentro con el otro , Ryzard Kapuscisnki plantea la necesidad de tender puentes de diálogo con el otro para entenderlo, sin embargo marca también la tentación que existe de anularlo, de dejarlo fuera de nuestra mirada a través de la creación de muros o bien de hacerle la guerra.
En este sentido utilizar tribunales bajo argumentos tan pobres como el daño moral o la difamación implica hacerle la guerra a la libertad de expresión y en ningún sentido podría tender puentes de diálogo que son tan necesarios para enfrentar una realidad hipercompleja como la realidad del México del siglo XXI.
La posibilidad de conocer diferentes hechos debe estar por encima de aspectos como cuidar una supuesta imagen debido a que uno de los protagonistas no dio su autorización para salir en un documental; si este argumento fuera el que primara por sobre el argumento de la máxima publicidad de asuntos públicos (como en este caso puede serlo un juicio revisado a través de audiencias, precisamente públicas), en este momento documentales que dan a conocer asuntos de interés de las mayorías no se conocerían.
Volviendo a la censura de una periodista de la talla de Carmen Aristegui cabe decir que la libertad de información es un derecho de la sociedad y en reconocimiento de este principio ético, el periodista debe preguntar aquello que le intriga a sus audiencias.
Fue precisamente lo que Aristegui realizó al lanzar la propuesta de que presidencia respondiera a una preocupación creciente en las redes sociales ¿Era o no real el alcoholismo que se le imputaba a Calderón? Además de que había tomado como base para formular la pregunta el planteamiento de un legislador que hizo pública una postura, por controvertida que nos parezca.
La censura es una tentación continua para el poder, llámese ejecutivo o judicial, la censura es un instrumento que promueve la idea de nulidad del otro, del que es distinto, que no construye un nosotros amplio, que deja de lado el diálogo; logra que el camino de informar se transforme en desinformar: no se trata de decir mentiras, sino más bien no ubicar los hechos dentro de una realidad contextual compleja, sino en un contexto pobre, simplista.
Desinformar, en todo caso implicaría pasar a un nivel en la que la realidad se deforma, dicha deformación tiene que ver con la parcialidad de una mirada, una parcialidad impuesta desde el poder por la vía judicial o por una orden presidencial.
Si bien, toda opinión implica una postura, una manera de ver un mismo hecho; contar sólo con miradas oficiales implica de suyo una deformación que nos llevaría a un segundo nivel también viciado donde lejos de promover sociedades críticas, promovería la aceptación impuesta de la injusticia, de la secrecía; de la discrecionalidad.
Sería una lástima que un partido como el PAN que “tanto tiempo promovió la construcción de la democracia en este país” apoyara a un presidente salido de sus filas en el llamado a la inmovilidad, a no cuestionarse, a permanecer acrítico. Así se tratara de una calumnia, sería mejor abrir la información sobre la salud del presidente en aras de construir un país que participe de los hechos que le son de interés común.
Eliminar los rumores de raíz y aprender de la experiencia proponiendo legislaciones en pro de la libertad de información, que fortalezcan el derecho de réplica, el acceso ciudadano a los medios de comunicación, la pluralidad de voces y de contenidos, mecanismos claros en la entrega de concesiones y permisos que no impliquen su venta al mejor postor en términos económicos, no ayudaría a no permanecer estancados en un país que no avanza hacia una democracia más sólida; en un país que mantiene una democracia endeble, que corre el riesgo de caer víctima de las tentaciones de la censura autoritaria.
De seguir por un camino en el que una llamada de la presidencia o una demanda judicial limiten el conocimiento de hechos en favor de una imagen, no llegaremos a transformar nuestra realidad, nos quedaremos en un país de retraso, de levantamiento de muros o de guerras abiertas contra la libertad de información que lesionarían nuestra endeble democracia.
Fortalecer la censura, desde el poder judicial, desde el poder ejecutivo o bajo el amparo de la inexistencia de una legislación clara; lejos de tender puentes entre un gobierno y la sociedad para la que trabaja, promovería un clima de suspicacia y falta de credibilidad que terminaría por enterrar todo avance democrático en México.