jueves, 25 de marzo de 2010

Sobre la Radio Indígena en México

Indefinición y olvido: Los pueblos indígenas en materia de medios de comunicación.
Antonio Zavaleta

El Inicio

El 14 de agosto de 2001 fue reformado el artículo 2° constitucional modificando algunas disposiciones y procurando entender el carácter “pluricultural” de la nación, entendiendo esto como una nación con una riqueza proveniente de su diversidad lingüística y étnica.
Es así que se adicionan algunos apartados y fracciones. Vale la pena resaltar que, en honor a reconocer los derechos de los y las etnias de este país, se agrega un apartado B que tiene que ver con disposiciones para fomentar la no discriminación de dichos pueblos quienes hasta el momento arrastran con más de quinientos años de inequidad y de injusticias a las cuales debemos agregar la discriminación por raza y por lengua.
Las disposiciones contenidas en el apartado B no son otra cosa más que el mero reconocimiento de los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas y conforman la base para una legislación más amplia en materia de derechos indígenas.
Por ello que cabe citar de manera directa dicho apartado para entender el carácter reivindicatorio de dichos derechos y resaltar la importancia de su implementación en la práctica y en las diversas disposiciones legales que deben desprenderse de la propia constitución.
A la letra:
“B. La Federación, los Estados y los Municipios, para promover la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier práctica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjuntamente con ellos.”


¿Qué legislación para qué comunidades?

No cabe duda que la falta de oportunidades ha generado rezagos en todas las etnias del país provocando desde la disminución de sus integrantes, la pérdida de sus tradiciones y la consecuente merma de su cultura, aun la extinción de sus lenguas o la vergüenza de practicarla en espacios públicos por miedo a la discriminación en incluso otras vejaciones.
Los cambios constitucionales establecidos hace más de un lustro, no han generado cambios en legislaciones derivadas y además tienen como candado estás mismas reglamentaciones como es el caso de las leyes Federal de Telecomunicaciones y Federal de Radio Y Televisión que son aludidas en dicho artículo segundo apartado B en su fracción VI de la siguiente manera:
“VI. Extender la red de comunicaciones que permita la integración de las comunidades, mediante la construcción y ampliación de vías de comunicación y telecomunicación. Establecer condiciones para que los pueblos y las comunidades indígenas puedan adquirir, operar y administrar medios de comunicación, en los términos que las leyes de la materia determinen.”
Sin embargo, al remitirnos a las legislaciones mencionadas; modificadas posteriormente (tanto las leyes Federal de Telecomunicaciones y Federal de Radio y Televisión, como el Reglamento a la Ley Federal de Radio y Televisión); no existe disposición alguna que contemple dicho tema y aún peor se omite lo cual implica de sí un acto discriminatorio.
Cabe resaltar que la necesidad de adquirir, operar y administrar medios de comunicación, es transversal a otros derechos contenidos en el artículo segundo de nuestra Carta Magna.
Así pues, el rescate de su lengua, de algunas tradiciones; el conocimiento de diversas tradiciones orales y de su propia historia; el acceso a un servicio médico de calidad; a la libre determinación, etcétera, son derechos mínimos por los que pasa dicha necesidad elevada ya a rango constitucional y que fue violada en diciembre de 2005 por la Cámara de Diputados y en marzo de 2006 por la Cámara de Senadores al aprobar los cambios a las leyes Federal de Radio y Televisión y Federal de Telecomunicaciones.
Como ya sabemos dichos cambios no contemplan las necesidades de las etnias de este país e incluso en el cabildeo muchos senadores se conformaron con las observaciones que se hicieron en torno a que la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, operaba ya estaciones y centros de producción radiofónica en diversas comunidades del país; sin tomar en cuenta el texto constitucional que además de operar indica adquirir y administrar dichos medios.
En la práctica, el estado, a través del Instituto Nacional Indigenista (INI) primero, y de la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) ahora, ha operado y administrado radios dedicadas a los pueblos indígenas, iniciando por la emblemática Voz de la montaña, estación de Tlapa de Comonfort Guerrero. Si bien los propios pobladores las operan, dependen de las directrices de la política indigenista en turno y de los caprichos de la administración central.
Es importante señalar ahora que sin medios de comunicación propios o sin el acceso a ellos se están violando dos preceptos básicos de derechos humanos como son la Libertad de Expresión de las comunidades indígenas; así como el Derecho a la Información en su propia lengua, en castellano o en forma bilingüe.

El papel del Estado

En este sentido, luego de ser avalados estos cambios por el Ejecutivo, pasando por alto las voces que intentaron disuadirlo de no ser comparsa de una aberración legislativa del tamaño de la llamada Ley Televisa y de publicarla en abril de 2006; se realizó un acto de reivindicación por parte del senado que consistió en presentar una demanda de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación frente a los cambios en dichas leyes, un mes después de que esta fuera publicada por el ejecutivo.
Un año y un mes después se tenía una resolución con base en el proyecto presentado por el Ministro Sergio Armando Valls Hernández, en donde se señalaba la inconstitucionalidad de dicha ley por contradecir dicho precepto establecido en la Carta Magna y aunque fue reconocido este aspecto, la corte argumentó no poder legislar ni en ese ni en ningún tema; ni mucho menos tener injerencia en omisiones del poder legislativo.
Sin embargo, como señala durante su argumentación o voto particular del 7 de junio de 2007 el entonces ministro Genaro David Góngora Pimentel:
“… resulta palmario que el Estado mexicano se encuentra obligado, no como una cuestión decidible, a emitir las disposiciones normativas en las que atendiendo a la situación real de desventaja que tienen en nuestro país las comunidades indígenas, establezca las condiciones para garantizar el acceso efectivo de éstos a los medios de comunicación.”

Aspecto que no incumbe solamente el ejecutivo, sino es que parte no sólo del gobierno sino de la sociedad que integra dicho estado; por lo tanto el propio exministro señala la necesidad legislativa de atender a las comunidades y pueblos indígenas a partir de que el legislador pueda: “dictar acciones afirmativas para disminuir su desigualdad real” (de los pueblos y comunidades indígenas).

Por lo cual, Góngora agrega:

“Esta acción, a diferencia de la discriminación negativa, pretende establecer políticas que dan a un determinado grupo social, étnico, minoritario o que históricamente haya sufrido discriminación a causa de injusticias sociales, un trato preferencial en el acceso o distribución de ciertos recursos o servicios así como acceso a determinados bienes, con el objeto de mejorar la calidad de vida de grupos desfavorecidos, y compensarlos por los perjuicios o la discriminación de la que fueron víctimas en el pasado.”

El papel de la democracia

Seguimos tratando a nuestros pueblos originarios como personas de tercera o cuarta; y tanto sociedad como gobierno, seguimos siendo cómplices en dicho actos. La discriminación además de ser un mal social, fomenta el encono y la división, no permite el desarrollo del que todos tenemos derecho en condiciones de igualdad o equidad y además pervierte a las instituciones que en vez de procurar leyes aplicables a todos los individuos, lo hacen para sólo unos cuantos, manejándose por criterios meramente económicos y olvidando de que, si bien, democracia y mercado son aspectos comunes, no se puede pensar la democracia a partir del mercado sino a partir de la sociedad a quien se sirve.

Si bien la democracia la ganan las mayorías, debe atender a todos los ciudadanos, tanto en el sentido legislativo como ejecutivo y judicial y se deben tender puentes sociales para evitar rezagos y mejorar las condiciones de aquellos menos favorecidos.

Es desde esta perspectiva que el ministro Gongora, realiza su voto particular pretendiendo resaltar la necesidad apremiante de una legislación en el tema a la mayor brevedad.

A casi tres años de ser juzgado el caso y de tener una resolución ante la acción de inconstitucionalidad presentada no sólo por senadores, sino por algunos diputados, es de preocupar que el poder legislativo haya dejado de lado dicho tema; se ha consolidado una nueva legislatura pocas son las posibilidades de una legislación que favorezca el tema de la radio indígena debido a la Telebancada, el asunto ha pasado al olvido fragrante y de nuevo hemos dejado en la indefinición a nuestras comunidades primigenias.

Más allá de las constantes críticas a otros temas que ellos han visto como imperiosos, y que sin duda deben serlo, existen diversos sectores nos preguntamos qué pasa con una legislación en medios de comunicación que retome varios temas como los Permisos, el Derecho de Réplica, una industria más competida y menos monopolizada, con igualdad de derechos entre operadores de medios de comunicación abiertos y operadores de redes de telecomunicaciones; así mismo, somos varios los que pretendemos saber cuándo existirá una ley de medios que dé cabida de forma equitativa y no discriminatoria a las comunidades indígenas y algunos otros grupos históricamente vulnerados en sus derechos, pues como menciona el exministro Góngora:

“No se trata de que la ley diga que los indígenas pueden tener medios de comunicación, sino que establezca políticas concretas para lograr que su situación de desigualdad se compense. Al no haberlo hecho así, el legislativo incumplió con la obligación que la Constitución Federal le impone expresamente, lo cual constituye una vulneración a dicho texto fundamental.”

sábado, 20 de marzo de 2010

Declaración del Frente Nacional por una Nueva Ley de Medios


No hay auténtica reforma política sin reforma para los medios de comunicación

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DECLARACIÓN DEL FRENTE NACIONAL POR UNA NUEVA LEY DE MEDIOS

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En el contexto de la compleja situación actual de México, que requiere de transformaciones profundas tanto en el plano político, económico, social y cultural, la reforma del marco legal de los medios electrónicos y las telecomunicaciones del país constituye un punto ineludible de la agenda nacional.

Las organizaciones integrantes del Frente, convencidas de que no habrá una auténtica Reforma del Estado sin un orden jurídico democrático para el funcionamiento de la radiodifusión y de las telecomunicaciones (hoy imbricados irreversiblemente en el escenario de la convergencia tecnológica), como tampoco un desarrollo de la Sociedad de la Información en México con una perspectiva social y de mayor equidad, hacen manifiesta una vez más la inaplazable necesidad de una reforma del marco legal del sector mencionado en función del interés nacional.

Desde tal convicción, el Frente considera como principios fundamentales para una auténtica reforma democrática los siguientes:

1. Servicio Público. El nuevo marco legal debe partir de la definición de la actividad de los medios como de servicio público y no de interés público, con las implicaciones que ello conlleva en términos de derechos ciudadanos, atribuciones estatales y responsabilidades para las empresas de medios y telecomunicaciones.

2. Competencia. Es indispensable acotar los esquemas de concentración existentes en el sector de los medios electrónicos y las telecomunicaciones, así como a los que empiezan a configurarse en el escenario de la convergencia.

3. Reafirmar la condición estratégica del espectro radioeléctrico como propiedad de la nación, y por tanto de su soberanía. Toda explotación de este recurso nacional deberá ser objeto de una contraprestación económica, así como durante un plazo limitado por la ley para su usufructo. Ninguna concesión deberá ser por tiempo indefinido.

4. Concesiones. Los criterios para la renovación de concesiones deberán partir del servicio prestado a las audiencias y la calidad de las emisiones, así como la pluralidad y diversidad existentes en los contenidos. Los medios deben promover en sus contenidos la pluralidad de actores, los valores democráticos y la diversidad cultural.

5. Autonomía. El órgano regulador de la radiodifusión y las telecomunicaciones deberá contar con autonomía garantizada constitucionalmente, tanto respecto de los poderes estatales como de las empresas reguladas.

6. Servicio Universal. A partir del reconocimiento de la información como un bien público, se requiere garantizar su disponibilidad para todas las personas que viven en México a través de las vías y soportes tecnológicos existentes.

7. Derecho de réplica. Es indispensable la reglamentación de ese derecho, establecido en la reforma Constitucional de 2007 pero que sigue estando vedado a los ciudadanos.

8. Derecho a la Información. La legislación debe garantizar y proteger el derecho de los ciudadanos a estar informados, así como a ejercer su libertad de expresión.

9. Régimen de medios públicos. Se requiere de un capítulo de la nueva legislación, y no una ley especial, dedicado a este sector, que parta de reconocer su naturaleza de medios de servicio público, a través de un estatuto jurídico que los defina y garantice su autonomía respecto del Estado e incluya modalidades de financiamiento que, bajo condiciones determinadas y sin fines de lucro, les permitan comercializar sus espacios y una plena participación en el proceso de convergencia. Es preciso también asegurar la calidad de sus producciones y la vinculación con la sociedad.

10. Medios comunitarios. Es indispensable el pleno reconocimiento de los medios de propiedad social como los comunitarios, así como hacer efectivo el derecho de las comunidades y los pueblos indígenas para operar sus propios medios de comunicación, en condiciones de equidad e igualdad para su pleno desarrollo, con criterios democráticos que cumplan con los estándares internacionales en la materia.

11. Producción independiente. Es necesario abrir opciones al pluralismo y la democracia en los medios de comunicación de nuestro país. La base de las producciones independientes se encuentra en la autonomía de sus creadores, los cuales determinan su línea editorial porque no están al servicio de una corporación de medios como proveedores de contenidos. Estas producciones independientes juegan un papel protagónico en la construcción de toda democracia al proponer temáticas alternativas con un objetivo común –el de servir a sus públicos–.

México D.F., 18 de marzo de 2010
Academia Mexicana de Arte Teatral
Agencia de Información Notiese
Al Consumidor, A.C.
Alianza de Editoriales Mexicanas Independientes
Alianza Democrática de Organizaciones Civiles
Alianza Socialista, A.C.
Anden
Artículo 19 México
Asociación de Documentalistas, ADOC
Asociación Mexicana de Investigadores de la Comunicación, AMIC
Asociación Mexicana de Comunicadores e Investigadores de la Radio, AMCIR
Asociación Mexicana de Derecho a la Información, AMEDI
Asociación Mexicana de Productores Independientes, AMPI
Asociación Mundial de Radios Comunitarias, AMARC-México
Asociación Nacional de Abogados Democráticos A.C., ANAD
Calacas y Palomas
Católicas por el Derecho a Decidir
Centro de Derechos Humanos Agustín Pro
Centro de Derechos Humanos “Fray Francisco de Vitoria, O.P.”, A.C.
Centro Nacional de Comunicación Social, CENCOS
Ciudadanos En Movimiento por Tlalpan A.C.
Club de Periodistas A. C.
Colectivo 1060
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, CMDPDH
Comunicación Comunitaria
Congreso Nacional de Comunicación Indígena
Consejo Ciudadano por la Equidad de Género en los Medios de Comunicación y el Derecho a la Información de las Mujeres
Consejo Nacional para la Enseñanza y la investigación de las Ciencias de la Comunicación, CONEICC
Coordinadora Nacional Plan de Ayala - Movimiento Nacional, CNPA-MN
Cronopio, periodismo cultural
DECA Equipo Pueblo A.C.
Ecos Oax
El Barzón Nacional
Expresión Plural A.C.
Federación de Periodistas de América Latina y el Caribe, FEPALC
Federación Internacional de Periodistas
Federación Mexicana de Sociedades Cooperativas y Medios
Fomento Cultural y Educativo A.C.
Frente Nacional contra Wal-Mart
Frente por la Libertad de Expresión Alfredo Jiménez Mota
Fundación Manuel Buendía
Grupo de Información en Reproducción Elegida, GIRE
Iniciativa Ciudadana y Desarrollo Social, Incide Social A.C.,
Intermedios, Organización de Profesionales de la Comunicación
Instituto Mexicano de Educación para el Consumo A.C.
Letra S, Sida Cultura y Vida Cotidiana
Licenciatura en Ciencias de la Comunicación Universidad Autónoma de Tamaulipas
Mujeres en Frecuencia
Observatorio Ciudadano de Medios Electrónicos.
Poder del Consumidor
Propuesta Cívica (APN)
Revista Contralínea Sinaloa
SHOTTAMA A.C.
Sindicato de Radio Educación
Sindicato Nacional de Redactores de la Prensa
Sociedad de ex alumnos del CUEC
Sociedad Mexicana de Directores y Realizadores de Obras Audiovisuales

martes, 16 de marzo de 2010

Sobre la APPO y las estaciones de radio IX

Sobre la APPO y las estaciones de radio VIII

Sobre la APPO y las estaciones de radio VII

Sobre la APPO y las estaciones de radio VI

Sobre la APPO y las estaciones de radio V

Sobre la APPO y las estaciones de radio IV

Sobre la APPO y las estaciones de radio III

Sobre la APPO y las estaciones de radio II

Sobre la APPO y las estaciones de radio I

La colifata

Para los que se interesaron en LT22 Radio La Colifata den Click y verán el Link

martes, 9 de marzo de 2010

Radio Indigenista III

Prometo que es el último

Radio Indigenista II

Complemento del video anterior.

Radio Indigenista

Espero estás diapos les sirvan, además comentaremos en clase.

lunes, 8 de marzo de 2010

Radio Comunitaria II

Es la continuación del video armado en diapos, espero esté lo suficientemente legible, les recomiendo verlo en pantalla completa.

Radio Comunitaria

les pido vean el video, pero además lo pausen donde no se puede leer, la verdad a penas estoy aprendiendo a usar esto:

Tipos de Radio

Ya pude conseguir un convertidor de power point a video, si dejé el tiempo muy corto entre diapo y diapo ponganlé pausa y así lo podrán leer.